El Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) debe ser transferido al Estado
Antecedentes
El Oleoducto de Crudos Pesados
(OCP), desde hace 20 años ha sido operado por la compañÃa privada OCP
Ecuador S. A., constituida por un consorcio de empresas del sector petrolero.
De acuerdo al
contrato de concesión, el plazo del dominio del proyecto del OCP, es de 20
años, que vence en enero de 2024, fecha en la que, la infraestructura, sus
pasivos y activos deben transferirse al Estado ecuatoriano, sin costo alguno y
en buen estado de funcionamiento.
El OCP
recorre 485 km desde Lago Agrio hasta Esmeraldas atravesando 4 provincias, 11
cantones y 33 juntas parroquiales. El 99% da la tuberÃa se encuentra enterrada
y la capacidad de transporte es de 450 Bpd.
De
acuerdo a la información oficial, transporta petróleo de EP Petroecuador
112.9 Mbpd promedio y de varias empresas privadas 38 Mbpd promedio.
La
empresa OCP S.A., recuperó su inversión en el año 15 de su operación.
Los siguientes datos tomados de la información del documento
Análisis del Sector Petrolero, año 2022 del BCE.
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La transferencia al Estado ecuatoriano del OCP
La transferencia del Oleoducto de Crudos Pesados (OCP), de acuerdo a
cláusula contractual 4.1 Plazo, del Contrato firmado por el Estado ecuatoriano
y la empresa Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) Ecuador S. A., el 15 de febrero
del 2001, debe realizarse al cumplirse veinte años de operación, sin costo
alguno y las instalaciones recibidas deben estar en buen estado de
funcionamiento.
Si la operación comenzó en enero del año 2004, en enero del 2024, se debe transferir todas las
instalaciones, maquinaria y equipos y bienes adquiridos para la operación sin
costo y buen estado de conservación, como lo señala el art. 3 y 29 de la Ley de
Hidrocarburos y la cláusula contractual antes citada.
Mediante Resolución Nro. CPCCS-SNCS-2023-0037-RES, el
Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, aprobó la veedurÃa
ciudadana cuyo objetivo es: “Vigilar el proceso de transferencia y entrega del
oleoducto al Estado ecuatoriano que debe efectuarse entre finales de 2023, e
inicio de 2024, por parte de la compañÃa Oleoducto de Crudos Pesados OCP
Ecuador S.A., conforme a los términos y condiciones estipuladas en el contrato
suscrito entre las partes en el año 2001”
Las comunicaciones oficiales a las instituciones que
tienen que ver con la transferencia del OCP, no han tenido respuesta, lo que
preocupa a la VeedurÃa y a la ciudadanÃa.
Como se ha manifestado en un sin número de estudios
técnicos, la
transferencia de la infraestructura del OCP, al Estado ecuatoriano,
generarÃa beneficios económicos efectivos,
fruto del no pago de la tarifa del transporte del crudo ecuatoriano, la tarifa
de servicio a compañÃas privadas nacionales y colombianas; las utilidades
después de deducir costos y gastos operativos. sin contar
la
propiedad
de
la infraestructura valorada en cerca de 1.500 millones de dólares.
Por lo expuesto, cualquier extensión del contrato del OCP es lesivo para los intereses
económicos del paÃs, y
a la soberanÃa nacional, reconociendo que el transporte de crudo es un área
estratégica del Estado, establecida con suficiente claridad en la Constitución,
dictámenes de la Corte Constitucional y legislación del paÃs.
Los
beneficios de la transferencia del OCP al Estado
El
Oleoducto de Crudos Pesados (OCP) es un negocio en marcha, que producirÃa entre
otros los siguientes beneficios:
·
Ahorro en la Tarifa que se paga por transporte
del crudo que explota Petroecuador, con los datos disponibles se estima que el
ahorro estarÃa alrededor de 100 millones de dólares al año.
·
RecibirÃa la tarifa por el transporte de crudo
de compañÃas privadas, que, descontando los costos de operación, podrÃa recibir
alrededor de 90 millones de dólares al año.
·
Si disminuyen los costos de operación y el
beneficio económico serÃa mayor para el Estado.
Algunos pendientes
No son los únicos pendientes relevantes, de la
operación del OCP en estos 20 años de operación por parte de la empresa
privada, pero deberán ser resueltos:
- En el transcurso de los
últimos 5 años se realizaron 6 variantes para reparar los daños por
deslaves causados por las erupciones del Volcán Reventador.
- La tuberÃa utilizada
para las reparaciones (6 variantes) se realizó con tuberÃa de menor
diámetro (24 pulgadas) La tuberÃa original del OCP es de 36 pulgadas.
Prestada por EP PETROECUADOR. La reposición del préstamo aún no se ha
producido.
- OCP está obligada
contractualmente a restablecer las condiciones originales de diseño y
construir la variante definitiva antes de revertir al Estado. Caso
contrario deberá reponer los costos de esas actividades.
- Todos los pasivos
ambientales que se encuentren pendientes, demandados o en gestión de
remediaciones
- La situación de los
actuales trabajadores y de aquellos que pasaron por la operación del OCP y
aún tienen reclamaciones de carácter laboral.
- Las cuentas en el SRI y
con el Estado ecuatoriano
Los ecuatorianos, exigimos que esta transferencia
sea realizada en apego a las normas vigentes, con la debida transparencia y con
la exigencia a la compañÃa OCP Ecuador S.A. presente los documentos necesarios
de activos y pasivos para verificar lo que recibe el Estado, garantizar se
encuentre libre de cualquier limitación de dominio y se demande lo que
corresponda para preservar los derechos de Estado ecuatoriano.
Frente de Defensa Petrolero
Ecuatoriano
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